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Empresas inscritas en el Registro de Devolución Mensual del IVA/IGIC, que presentan liquidación mensual.
El Suministro Inmediato de Información (SII) exige a las empresas enviar a la Agencia Tributaria el detalle de cada factura en un plazo máximo de 4 días. EdasSII (ZeroComa) automatiza esa conexión, reduce el riesgo de sanciones y mantiene tu cumplimiento fiscal siempre al día.
El SII es el sistema que obliga a las empresas a enviar a Hacienda, de forma electrónica y casi en tiempo real, el detalle de sus facturas emitidas y recibidas. La transmisión se hace a través de la Sede Electrónica correspondiente (AEAT, Haciendas Forales o Agencia Tributaria Canaria).
En la práctica, esto acerca el registro contable de las operaciones al momento real en que se producen: tienes un máximo de 4 días para reportar cada factura.
Para ayudar en ese cumplimiento, la solución EdasSII (ZeroComa) centraliza la captura, validación y envío telemático de la información exigida por la administración tributaria, reduciendo carga manual y riesgo de error.
El SII elimina modelos como el 347, 340 y 390 (y equivalentes en Canarias) para sujetos obligados, y amplía plazos de autoliquidación mensual. En resumen: Hacienda sabe tus datos de IVA casi al instante.
Están obligados a remitir la información de las facturas en un plazo máximo de 4 días:
Empresas inscritas en el Registro de Devolución Mensual del IVA/IGIC, que presentan liquidación mensual.
Sujetos con facturación anual superior a 6 millones €.
Entidades acogidas al régimen de grupo a efectos de IVA o IGIC.
Empresas no establecidas en España pero sujetas pasivas con liquidación mensual del IVA/IGIC.
Cualquier sujeto pasivo que desee acogerse voluntariamente, notificándolo en el modelo 036.
Para estos contribuyentes:
• Se sustituyen modelos como 347, 340 y 390
(o 415, 416, 425 y 340 en Canarias).
• Se amplía el plazo de presentación de autoliquidaciones mensuales
a los primeros 30 días naturales del mes siguiente.
El flujo típico es sencillo: tu ERP genera la factura → EdasSII recoge y normaliza la información → valida y enriquece los datos → transmite a la Agencia Tributaria correspondiente.
El detalle de cada factura (emitida o recibida) se captura desde tu ERP u otros sistemas internos.
Se comprueba la coherencia de campos, importes, tipo impositivo, proveedor, etc. según normativa vigente.
Se envía la información vía Servicios Web XML oficiales a la AEAT, a la Hacienda Foral o a la ATC (Canarias).
Todo queda registrado: qué se envió, cuándo, respuesta de Hacienda y posibles incidencias.
Los libros registro (Expedidas, Recibidas, Bienes de inversión, Intracomunitarias, Cobros/Pagos RECC, etc.) se generan casi en tiempo real, listos para inspección o auditoría.
Dudas rápidas sobre el SII y cómo las resolvemos con EdasSII.
Facturas Expedidas, Facturas Recibidas, Bienes de inversión (no en Canarias), Operaciones Intracomunitarias (no en Canarias), Cobros/Pagos en determinados supuestos, RECC, Operaciones de Seguros, etc.
Máximo 4 días desde la expedición de la factura emitida. Para facturas recibidas, 4 días desde su registro contable.
Automáticamente vía Web Service/XML. También existe formulario web para operaciones muy puntuales o residuales.
Sí. El envío está alineado con las obligaciones de la Agencia Tributaria y mantiene trazabilidad, control de acceso y evidencias de auditoría.
Podemos ayudarte a implantar EdasSII para automatizar el envío del SII, reducir riesgo y ganar tranquilidad frente a Hacienda.
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